Micelio
Auto1 de octubre de 2025

A- de 2025

Ponente Hector Alfonso Carvajal Londoño

Demandante Idear·Demandado Quinceno Londoño Cesar Augusto

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Elemento Objetivo-La Causa Judicial Sobre La Cual Se Promovió El Proceso Ejecutivo Ya Fue Resuelta.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca y el Juzgado 002 Administrativo de Arauca, ocasionado por una demanda ejecutiva de mínima cuantía instaurada por el Instituto de Desarrollo de Arauca, IDEAR, contra un ciudadano, con el fin de perseguir el pago de unos valores contenidos en un pagaré, respaldado con un contrato de promesa de garantía hipotecaria, que se encuentra insoluto.

Al verificar el cumplimiento de los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que en este caso, en concreto, no se encuentra acreditado el presupuesto objetivo, por lo cual un conflicto de tal naturaleza no se configura.

Dicha situación se causa, por cuanto se tiene probado que el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca dictó un auto por medio del cual ordenó seguir adelante con la ejecución, requirió la presentación de la liquidación del crédito y la realización de la diligencia de secuestro del bien inmueble hipotecado y, condenó al demandado al pago de costas procesales y agencias en derecho.

Pese a que aún se encuentra pendiente la liquidación del crédito y la diligencia de secuestro, el objeto del litigio se encuentra satisfecho.

La Sala se declara inhibida para pronunciarse sobre el asunto y dispone el envío del expediente al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca para que proceda con lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver el aparente conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca y el Juzgado 002 Administrativo de Arauca.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6892 al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca, Arauca, para lo de su competencia y para que, en la etapa procesal que corresponda, le COMUNIQUE la presente decisión al Juzgado 002 Administrativo de Arauca, Arauca, y a los demás interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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